Las malformaciones craneofaciales congénitas son un grupo de defectos causados por el crecimiento o el desarrollo anormal de las estructuras del tejido blando y/o los huesos del craneo y la cara.
Las anomalías congénitas se pueden clasificar como
Deformidades
Malformaciones
Una deformidad es una alteración de la forma debida a una presión inusual y/o una posición inusual en el útero (p. ej. una punta nasal deprimida, una oreja plegada) o después del nacimiento (p. ej. plagiocefalia posicional: aplanamiento de la cabeza debido a una posición determinada y prolongada). Las deformidades están presentes en aproximadamente el 2% de los nacimientos; algunas se resuelven espontáneamente en pocos días, pero otras persisten y requieren tratamiento.
Una malformación es un error en el desarrollo normal de un órgano o tejido. Las causas incluyen anormalidades cromosómicas, defectos de un solo gen, agentes teratogénicos, o una combinación de factores genéticos y ambientales; un número cada vez menor de casos se considera idiopático. Las malformaciones congénitas se presentan en cerca del 3 al 5% de los nacimientos. Un genetista clínico debe evaluar a los pacientes afectados para establecer un diagnóstico definitivo, que es esencial para la formulación de un plan de tratamiento óptimo, proporcionando orientación preventiva y asesoramiento genético, y la identificación de los familiares en riesgo de anomalías similares.
Muchas anomalías craneofaciales son el resultado de la malformación del primer y segundo arcos faríngeos (también conocidos como arcos viscerales o branquiales), estructuras embriológicas a partir de las cuales se desarrollan estructuras del cráneo, la cara, las orejas y el cuello.
Los arcos faríngeos son una serie par de protuberancias que se encuentra a lo largo de la región lateral de la cabeza y el cuello del embrión. Cada arco contiene un núcleo derivado del mesodermo y células de la cresta neural y está revestido internamente por endodermo y externamente por ectodermo (1). Del primer arco faríngeo (arco mandibular) deriva el maxilar, la mandíbula, el martillo y el yunque, los músculos de la masticación y el nervio trigémino (quinto nervio craneal). A partir del segundo arco faríngeo (arco hioides) se desarrollan el estribo, la apófisis estiloides, parte del hueso hioides y los músculos de la expresión facial y el nervio facial (séptimo nervio craneal).
Las etiologías de las anomalías craneofaciales congénitas incluyen varios miles de síndromes genéticos, así como factores ambientales prenatales (p. ej., uso de vitamina A, ácido valproico).
Cada una de las anomalías congénitas específicas explicadas aquí normalmente se puede asociar con muchos síndromes genéticos diferentes, algunos de los cuales tienen nombre (p. ej., el síndrome de Treacher Collins). Debido al gran número de síndromes, los temas se centran aquí en las diferentes manifestaciones estructurales. Información detallada sobre muchos de los síndromes específicos está disponible en el catálogo de trastornos genéticos Online Mendelian Inheritance in Man (OMIM).
Las anomalías analizadas son
En general, los niños con anomalías craneofaciales congénitas deben ser evaluados para otras anomalías congénitas asociadas y retrasos en el desarrollo que pueden requerir tratamiento, apoyo adicional o ambos. La identificación del síndrome subyacente es importante para el pronóstico y el asesoramiento familiar; si se dispone de un genetista clínico, este puede ayudar a guiar la evaluación y debe examinar a los pacientes afectados, incluso aunque se sospeche una anomalía congénita aislada.
Se debe considerar el análisis cromosómico de micromatrices, pruebas genéticas específicas o pruebas con paneles genéticos más amplios para la evaluación de pacientes con anomalías craneofaciales congénitas. Si los resultados de estas pruebas no son concluyentes, se puede recomendar el análisis de secuenciación del exoma completo.
Referencia
1. Graham A, Hikspoors JPJM, Anderson RH, Lamers WH, Bamforth SD. A revised terminology for the pharyngeal arches and the arch arteries. J Anat. 2023;243(4):564-569. doi:10.1111/joa.13890